Calendario tributario DIAN · Año gravable 2026

Calendario tributario DIAN 2026: escribe tu NIT y mira solo tus fechas.

Todos los vencimientos DIAN de 2026 en una sola página consultable: renta, IVA, retención en la fuente, RST, patrimonio, precios de transferencia y los impuestos especiales. Filtra por los dos últimos dígitos de tu NIT y el calendario te deja solo lo que te aplica.

Fuente: calendario oficial DIAN 17 obligaciones cubiertas Descargable en PDF
Tus fechas

Escribe los dos últimos dígitos de tu NIT

Sin el dígito de verificación. Si tu NIT es 900.123.456-7, escribe 56.

Con un solo dígito filtramos las obligaciones que se agrupan por último dígito. Con dos, además la declaración de renta de personas naturales.

Esto es una guía de consulta, no una asesoría. Las fechas provienen del calendario oficial de la DIAN para el año gravable 2026. Qué obligaciones te aplican depende de tu RUT, tu régimen y tus responsabilidades: no todas las de esta página son tuyas. Antes de presentar, verifica siempre contra el calendario publicado por la DIAN.
Calendario completo

Todas las obligaciones, obligación por obligación

Lo que conviene saber

Cuatro detalles que cuestan sanciones

Presentar sin pagar no siempre cuenta

En retención en la fuente, la declaración presentada sin pago total se tiene por no presentada, salvo las excepciones que la propia ley contempla (art. 580-1 del Estatuto Tributario). No es lo mismo que en renta o IVA, donde declarar y pagar pueden separarse.

La sanción mínima no siempre aplica

El artículo 639 del Estatuto Tributario fija una sanción mínima, pero excluye expresamente algunos casos. Antes de asumir que el piso te protege, conviene verificar si tu situación está dentro de esas exclusiones.

Extemporaneidad: el reloj corre por mes

La sanción por extemporaneidad se liquida por cada mes o fracción de mes de retraso (arts. 641 y 642). Presentar el día siguiente al vencimiento cuesta lo mismo que presentar tres semanas después: el primer mes se causa completo.

Los dos últimos dígitos, sin verificación

El error más común al leer el calendario es usar el dígito de verificación. En un NIT 900.123.456-7, el dígito que manda es el 6, y para renta de personas naturales el par es 56. El 7 no cuenta.

Descarga y diagnóstico

Llévate el calendario y, si tienes dudas sobre qué te aplica, pregúntanos.

El PDF oficial para imprimir o guardar, y media hora sin costo con un contador público si necesitas saber cuáles de estas obligaciones son realmente tuyas. Te respondemos en 24h.

Fuente y referencias. Plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias administradas por la UAE DIAN, año gravable 2026. Declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total: Estatuto Tributario, art. 580-1. Sanción mínima y sus exclusiones: art. 639. Sanción por extemporaneidad: arts. 641 y 642. Los plazos pueden modificarse por decreto durante el año; ante cualquier diferencia prevalece lo publicado por la DIAN en dian.gov.co.